Sociedad Civil en Honduras
SOCIEDAD CIVIL
… Un espacio jurídicamente privado, en el que individuos comunes y corrientes buscan persuadirse los unos a los otros por medio de la argumentación racional y la crítica, entorno a asuntos de interés general.
Cohen, J, y A Arato 1992, Cambridge and London.
En Honduras no existe en forma expresa ninguna disposición de carácter constitucional que consagre el acceso ciudadano a la información sobre la actuación de la administración pública. La norma natural es ocultar la actividad política administrativa y su publicación es la excepción. (71) y en la actualidad la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública se encuentra en la cámara legislativa en su tercer debate.
El Congreso Nacional mediante el Decreto Nº 3-2006 aprobó la Ley de Participación Ciudadana con el objeto de promover, regular y establecer las instancias y mecanismos que permitan la organización y funcionamiento de la participación ciudadana y su regulación con los órganos del Estado conforme a la Constitución de la República y demás leyes.
Las organizaciones de la sociedad civil en el país, están preocupadas por la gobernabilidad, la rendición de cuentas, la transparencia o la anticorrupción, hasta donde les cubra el financiamiento, hasta donde exista un real compromiso más allá de los recursos, hasta donde persistan, aunque sea en solitario, una lucha por construir mayor democracia y participación real de sus miembros.
Existen grupos empresariales haciendo campaña contra la corrupción (Organizaciones profesionales, grupos sectoriales) En el ámbito propiamente de lucha anticorrupción: Consejo Nacional Anticorrupción, ACI-Participa, Foprideh, Ciprodeh, La red PROBIDAD que está replanteando su trabajo en una dinámica más interesante de base y construcción de redes locales partiendo de las particularidades, es decir, que sea la gente quien construya su propia dinámica y agenda y no los expertos anticorrupción.
A nivel del sector empresarial privado, no se conoce de trabajos serios de instituciones, generalmente los trabajos que hacen estas organizaciones son más filantrópicos y de compartir canastas, bingos y otras cosas. No hay en el país un empresariado a nivel organizacional comprometido seriamente con la lucha anticorrupción; los líderes que salen o asoman apenas los capta el gobierno y el discurso cambia radicalmente, se vuelven más suaves, temerosos, calculadores y hasta insulsos en sus declaraciones, informes y documentos.
El que los sindicatos estén comprometidos con actividades anticorrupción, no constituye un tema de agenda que les interese a fondo, porque muchos de ellos aparte de tener viejos liderazgos cansados, quemados y agotados, tienen fuertes cuestionamientos de corrupción. Los sindicatos de algunas instituciones autónomas son buen os ejemplos, son estructuras de impunidad y corrupción que cuando se sienten amenazados buscan el respaldo gremial para protegerse.
El presupuesto, el personal de estas organizaciones de la Sociedad Civil especializadas en gobernabilidad o anticorrupción, depende de los recursos de financiamiento; pero generalmente las OSC que inician con estos trabajos gozan de poco personal, muchos son voluntarios, y los recursos son bastante limitados.
Generalmente los recursos provienen de la cooperación internacional, particularmente europeos y de Estados Unidos de América a nivel de gobierno y de fundaciones privadas. En otros países, hay aportes de ciudadanos y empresarios comprometidos en la lucha, pero en Honduras esta no ha sido la norma, quizá la excepción en algunos casos.
Las únicas normas/leyes rigen la información de las organizaciones de la sociedad civil (OSC), y que se conocen son las legales en cuanto a su conformación., origen y propósitos. A nivel interno, las OSC elaboran sus propios reglamentos y en ellos definen las normas bajo las cuales se piensa regir.
Algunas OSC incluso, elaboran una agenda mínima de Valores que los identifica y por los cuales comparten su pertenencia a la organización para no perder el norte ni la dirección en momentos de definiciones de políticas y presencia pública, pero eso depende del criterio de cada organización.
Otro aspecto que limita la independencia real de la OSC en la práctica, es el interés de sus miembros; algunos manejan sus “pequeñas agendas particulares” que sí están en cargos a nivel de dirección, discrepa mucho de la Misión y Visión identificada en colectivo.
El alcance de las organizaciones de la Sociedad Civil en cuanto a su radio de acción, actividad depende de la dinámica interna propia que quieran impulsar, las de mayor notoriedad son aquellas enmarcadas en el ámbito de los derechos humanos y las organizaciones de mujeres, le siguen con menor fuerza pero en ascenso, las relacionadas con el medio ambiente y lo concerniente al combate de la pobreza.
En cuanto a que el sistema educativo aborde temas de integridad y corrupción o soborno, en campañas de concienciación o en escuelas, sucede muy poco, y en el caso que las OSC quieran iniciar proyectos educativos de concienciación deben contar con la venia de la Secretaría de Educación y la participación de los maestros, sectores ambos que no son muy abiertos a este tipo de iniciativas porque los confronta.
Las OSC por cada proyecto que ejecutan deben presentar informes de auditoria, logros e impacto a los donantes mediante informes narrativos y financieros, y los donantes generalmente asignan ellos una empresa auditora para que haga la evaluación de gastos congruente con los recursos.
Si queda algún remanente financiero, los donantes exigen que se les devuelva y son muy pocos los que donan ese remanente para capitalizar el fortalecimiento institucional y de recursos de la organización. Por eso algunas organizaciones con buen trabajo en el campo, desaparecen luego de años de trabajar con fondos de cooperación, porque cuando acaba el financiamiento, no se prepararon lo suficiente para la autosostenibilidad.
Las organizaciones de la Sociedad Civil, se rigen por las normas legales que emana de las leyes ordinarias del país y de sus propios reglamentos internos.
No hay nada escrito en cuanto a las reglas referentes a atenciones o invitaciones, la política institucional no considera este tipo de regalías y en general, se tiende a evitar este tipo de ofrecimientos y regalos, algunas instituciones lo prohíben de manera explícita.
Generalmente las asociaciones de la sociedad civil cumplen con lo que emana en su reglamento interno y la personería jurídica, lo que visto como mecanismo formal, es un principio de transparencia.
Hasta donde se conoce, no ha habido procesamiento judicial de alguna asociación de la sociedad civil por cargo de corrupción, los miembros de una organización de una sociedad civil han sido amenazados o maltratados por luchar contra la corrupción, desde que anuncian que son parte de una OSC anticorrupción, son estigmatizados por el sistema, pero hasta ahora no ha habido casos extremos de atentados. 73
Muy raramente las autoridades públicas cooperan con los grupos de la sociedad civil, lo hacen en la medida de su conveniencia porque tienen el viejo esquema de cultura del secreto, encubrimiento y mayor opacidad y de los actos públicos.
Existen actores de la sociedad civil que monitorean el desempeño del gobierno en áreas de servicio, pero muy tenuemente; en un estudio que puso en evidencia algunos casos de corrupción, generó airadas respuestas de los sindicados, (74) pero generalmente las acciones se van en campañas bonitas, afiches bien diseñados, pero no en acciones concretas. Contrastar las evidencias en su contra y los movimientos en la justicia, es evidenciar y luchar contra la corrupción.
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71.-OEA, Estudio Nacional: Acceso a la Información Administrativa para la Prevención de la Corrupción. Julio 2001.
72.- C-LIBRE, Comité por la Libre Expresión, Tegucigalpa Honduras, 2006.
73.- Articulo de Revistazo.com del 19, 29 de Septiembre y 05 de Octubre de 2006.
74.- Primera Comparecencia del CNA: De Cara a la Ciudadanía, 2006.
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